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Debe presentar una fianza personal, una fianza en efectivo o una fianza de garantía antes de llevar su caso a un tribunal de apelaciones.

Al apelar un caso en el Tribunal Municipal, debe presentar una fianza de garantía, una fianza personal o una fianza de apelación en efectivo. La fianza de apelación debe ser de al menos $100.00 o el doble del monto de la multa y las costas impuestas en su caso, lo que sea mayor.

 

Fianzas personales

Una fianza personal es aquella en la que usted jura comparecer ante el tribunal según lo requerido, lo que en este caso significa que presentará su caso ante el tribunal de apelaciones. De no hacerlo, usted se compromete a pagar una suma determinada (al menos $100.00 o el doble del monto de la multa y las costas impuestas en su caso, lo que sea mayor), además de todos los gastos necesarios y razonables en que se incurra por cualquier arresto por incomparecencia.

Formulario de fianza personal (PDF, 30.8 KB)

Fianzas en Efectivo para Apelaciones

Una fianza en efectivo para apelaciones consiste en depositar el monto de la fianza (al menos $100.00 o el doble del monto de la multa y las costas impuestas en su caso, lo que sea mayor) en el tribunal. Si no presenta su caso ante el tribunal de apelaciones, el monto podría ser confiscado. Si presenta su caso ante el tribunal de apelaciones, el dinero podría serle devuelto dependiendo del resultado de su apelación.

Formulario de bonos en efectivo (PDF, 29.4 KB)

Fianzas de garantía

Una fianza de garantía consiste en contratar a un fiador (un agente de fianzas o fiador) para que respalde su fianza (al menos $100.00 o el doble del monto de la multa y las costas impuestas en su caso, lo que sea mayor). Usted paga al fiador un porcentaje de la fianza. Si no presenta su caso ante el tribunal de apelaciones, el fiador es responsable del monto de la fianza.

Formulario de fianza de garantía (PDF, 38.8 KB)